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Gestionamos la publicación de su convocatoria de Junta de Accionistas por orden judicial o registral en el Boletín Oficial del Registro Mercantil BORME y, cuando corresponda, en prensa.
Revisamos la documentación, validamos plazos y adaptamos el contenido del anuncio para que cumpla con los requisitos legales y formales exigidos.
Rellene el formulario y adjunte el edicto o decreto, en caso de convocatoria judicial, o la resolución registral, en caso de convocatoria por el Registro Mercantil. Revisaremos la documentación y le enviaremos las indicaciones necesarias para tramitar correctamente la publicación.
Nuestro equipo revisa jurídicamente la integridad del anuncio y le guía durante todo el proceso. Le ayudamos a validar el contenido, la forma de publicación y los plazos aplicables para evitar incidencias.
Comprobamos que el anuncio incluya correctamente la denominación social, fecha, hora, lugar de celebración, orden del día, autoridad que convoca y demás menciones necesarias, realizando controles de verificación antes y después de la publicación.
Su anuncio podrá estar publicado en un plazo máximo aproximado de 5 días hábiles. Si necesita una gestión preferente, podrá optar por nuestra Tarifa Urgente, con tramitación para el siguiente día hábil siempre que sea posible.
Tendrá acceso a un área privada de cliente, segura y accesible desde cualquier dispositivo, donde podrá consultar el estado de su publicación, recibir notificaciones y acceder a la documentación asociada.
Una vez publicado el anuncio, recibirá la notificación correspondiente para descargar su comprobante de publicación. Podrá consultarlo siempre que lo necesite desde su área privada.
Para preparar correctamente la publicación de una convocatoria judicial o registral de junta, puede enviarnos:
Es una convocatoria de junta acordada por una autoridad judicial o por el Registro Mercantil cuando concurren determinados supuestos legales o societarios.
La publicación puede realizarse en el BORME y, cuando corresponda, en prensa o en los medios previstos por la normativa, los estatutos sociales o la resolución recibida.
Normalmente deberá aportar el decreto, edicto o resolución judicial, o la resolución del Registro Mercantil, junto con el texto de convocatoria si ya dispone de él.
Sí. Una vez publicado el anuncio, podrá descargar el comprobante o justificante de publicación desde su área privada de cliente.
La publicación de una convocatoria de junta acordada por vía judicial o registral requiere revisar cuidadosamente la resolución recibida, los estatutos sociales y el medio de publicación exigido para evitar errores formales. Antes de tramitar el anuncio, conviene comprobar quién ordena la convocatoria, qué datos deben figurar en el texto, cuál es el plazo aplicable y si la publicación debe realizarse únicamente en BORME o también en prensa. Se produce cuando la convocatoria viene acordada por una autoridad judicial o por el órgano competente dentro del procedimiento correspondiente. En estos casos, el anuncio debe ajustarse al contenido del decreto, edicto o resolución recibida. Se produce cuando la convocatoria viene acordada por el Registro Mercantil. El anuncio debe respetar los términos de la resolución registral, incluyendo fecha, lugar, orden del día y demás indicaciones establecidas. Importante: una publicación incorrecta puede provocar incidencias en la celebración de la junta o en la posterior inscripción de acuerdos. Por eso es recomendable validar el contenido y los plazos antes de enviar el anuncio a publicación. Consulte nuestra sección de modelos si necesita una referencia para preparar el texto de su anuncio. Amplíe información sobre qué es una convocatoria de junta por orden judicial o registral.Aspectos importantes de una convocatoria judicial o registral de junta
Convocatoria judicial de junta
Convocatoria registral de junta
Datos habituales que debe contener el anuncio
Puntos que conviene revisar antes de publicar
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